¿Qué pasa si pongo un precio inferior en el contrato de compraventa del coche?

¿Qué pasa si pongo un precio inferior en el contrato de compraventa del coche?

Cuando se compra un coche de segunda mano entre particulares es relativamente frecuente que aparezca una pregunta: ¿qué pasa si ponemos en el contrato de compraventa un precio inferior al que realmente hemos pagado?

La idea suele ser sencilla: si el comprador tiene que pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), podría parecer que indicar un precio más bajo en el contrato permitirá pagar menos impuestos.

Sin embargo, poner un precio inferior al realmente pagado no significa necesariamente pagar menos ITP y, además, puede generar problemas tanto fiscales como entre comprador y vendedor.

Vamos a explicarlo.

¿El ITP se calcula sobre el precio que aparece en el contrato?

No necesariamente.

En las transmisiones sujetas al ITP, la normativa establece como regla general que la base imponible está constituida por el valor del bien transmitido y considera, con carácter general, su valor de mercado.

Además, si el valor declarado por las partes o el precio o contraprestación pactada son superiores al valor de mercado, se toma como base imponible la mayor de esas magnitudes.

Por tanto, escribir una cantidad artificialmente baja en el contrato no permite automáticamente tributar por esa cantidad.

En el caso de los vehículos usados, además, las comunidades autónomas pueden disponer de sistemas, tablas y criterios de valoración que deben tenerse en cuenta al presentar el impuesto.

Ejemplo: compro un coche por 15.000 € y pongo 5.000 € en el contrato

Imaginemos que compras un vehículo de segunda mano a un particular por 15.000 €, pero comprador y vendedor deciden indicar en el contrato un precio de 5.000 €.

El hecho de escribir 5.000 € en el contrato no garantiza que el ITP vaya a calcularse sobre esos 5.000 €.

La Administración tributaria puede comprobar el valor declarado de los bienes transmitidos. Si como consecuencia de esa comprobación determina un valor superior, puede practicar la correspondiente regularización.

Por tanto, reducir artificialmente el precio del contrato puede no producir el ahorro fiscal que se pretendía.

¿Qué ocurre si Hacienda considera que el coche vale más?

La normativa del ITP permite a la Administración comprobar el valor de los bienes transmitidos.

Si el valor utilizado para presentar el impuesto no es correcto, la Administración puede efectuar una liquidación teniendo en cuenta el valor que corresponda conforme a la normativa.

Esto puede implicar tener que pagar una cantidad adicional de impuesto y, dependiendo de las circunstancias concretas, también pueden existir intereses, recargos o consecuencias sancionadoras.

Por eso, antes de presentar un cambio de titularidad, es recomendable comprobar qué valor debe utilizarse fiscalmente para ese vehículo en la comunidad autónoma correspondiente.

¿Y si realmente he comprado el coche muy barato?

Esta situación es diferente.

Que un coche tenga un valor habitual determinado no significa que necesariamente se haya vendido por ese importe.

Un vehículo puede venderse más barato por muchos motivos:

  • Averías mecánicas.
  • Daños de carrocería.
  • Accidente previo.
  • Kilometraje elevado.
  • Defectos importantes.
  • Necesidad de efectuar reparaciones.
  • O simplemente porque vendedor y comprador han acordado legítimamente ese precio.

En estos casos, el precio que figure en el contrato debe ser el precio realmente pactado.

Si existe una diferencia importante respecto del valor habitual del vehículo, resulta recomendable conservar documentación que permita acreditar las circunstancias de la operación: fotografías, presupuestos de reparación, informes, justificantes de pago u otra documentación relacionada con el estado del coche.

El problema no es vender barato, sino declarar un precio que no es real

Esta diferencia es importante.

Puedes comprar un coche por 4.000 € aunque otros vehículos similares se estén vendiendo por 7.000 €.

Lo que no debería hacerse es pagar realmente 7.000 € y reflejar deliberadamente 4.000 € en el contrato con la finalidad de reducir la tributación.

Además, desde el punto de vista del ITP, la normativa establece actualmente como regla general que se toma en consideración el valor de mercado y que, cuando el precio o valor declarado sea superior, se utiliza la magnitud superior.

Poner un precio inferior también puede perjudicar al comprador

Hay otro aspecto que muchas veces se pasa por alto.

El contrato de compraventa no sirve únicamente para realizar el cambio de nombre del vehículo. También es una prueba de las condiciones en las que se realizó la operación.

Imaginemos nuevamente que pagas 15.000 € por un coche, pero firmas un contrato en el que consta que has pagado únicamente 5.000 €.

Si posteriormente surge un conflicto relacionado con la compraventa, habrás firmado un documento que refleja un precio distinto del realmente abonado.

Por eso, independientemente de las consecuencias tributarias, lo más seguro es que el contrato refleje siempre el precio real de la compraventa.

¿Qué pasa si pongo un precio inferior en el contrato de compraventa del coche?

¿Quién paga el ITP al comprar un coche usado?

Cuando la compraventa de un vehículo usado entre particulares está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, el obligado al pago como contribuyente es el adquirente, es decir, el comprador.

El impuesto está cedido a las comunidades autónomas, por lo que el procedimiento, modelos, tipos aplicables y determinados criterios pueden variar dependiendo de dónde tenga que liquidarse.

Por este motivo, no conviene aplicar automáticamente a todas las compraventas el mismo porcentaje o sistema de cálculo.

¿Puedo poner cualquier precio en un contrato de compraventa?

Las partes pueden acordar libremente el precio de venta de un vehículo, pero el contrato debe reflejar la realidad de la operación.

Una cosa es vender un vehículo legítimamente por debajo de su valor habitual y otra distinta declarar documentalmente un precio que no coincide con el realmente satisfecho.

Además, a efectos del ITP, la Administración dispone de mecanismos para comprobar el valor de los bienes transmitidos.

¿Qué precio debería poner entonces?

La respuesta es sencilla: el precio real de compraventa.

Si has comprado el vehículo por 10.000 €, lo correcto es que el contrato indique 10.000 €.

Después habrá que determinar correctamente cuál es la base imponible aplicable para liquidar el ITP teniendo en cuenta la normativa y los criterios aplicables en la comunidad autónoma correspondiente.

No conviene confundir estas dos cuestiones:

Precio de compraventa: lo que realmente has pagado por el vehículo.

Valor utilizado para liquidar el ITP: la cantidad que corresponde utilizar como base imponible conforme a la normativa tributaria aplicable.

No tienen por qué coincidir siempre.

¿Necesitas hacer el cambio de nombre de un vehículo?

En Gestoría Trámites DGT podemos encargarnos de la transferencia y cambio de titularidad de tu vehículo, revisar la documentación y comprobar los impuestos necesarios para realizar correctamente el trámite.

Antes de presentar una transferencia es importante revisar el contrato de compraventa, la situación administrativa del vehículo y la liquidación del ITP cuando corresponda.

Así evitarás errores que posteriormente puedan retrasar el cambio de titularidad o generar requerimientos de la Administración.

En resumen

Poner un precio inferior al realmente pagado en el contrato de compraventa no es una buena forma de intentar reducir el ITP.

La Administración puede comprobar el valor del vehículo y la normativa establece reglas específicas para determinar la base imponible.

Además, declarar un precio ficticio puede generar problemas fiscales y dejar a comprador y vendedor con un contrato que no refleja la realidad de la operación.

La opción correcta es reflejar siempre el precio real de compraventa y calcular posteriormente el ITP conforme a las reglas aplicables en la comunidad autónoma correspondiente.

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