Si tienes un vehículo dado de baja temporal y quieres venderlo, o estás pensando en comprar un coche que aparece en esta situación en la DGT, es normal preguntarse si se puede realizar directamente el cambio de titularidad.
Tabla de contenidos
ToggleLa respuesta general es no.
Un vehículo que se encuentra en situación de baja temporal no puede transferirse mientras permanezca de baja. Antes de realizar el cambio de titularidad será necesario solicitar su alta en la Dirección General de Tráfico.
Una vez que el vehículo vuelva a encontrarse en situación de alta administrativa, podremos tramitar la transferencia siempre que no exista ningún otro impedimento.
Vamos a ver cómo funciona.
¿Qué significa que un coche esté de baja temporal?
La baja temporal permite retirar administrativamente un vehículo de la circulación durante un determinado periodo sin darlo de baja definitivamente.
Es una situación habitual cuando el propietario sabe que no va a utilizar el vehículo durante un tiempo.
Mientras permanece de baja temporal:
- El vehículo no puede circular.
- No puede permanecer estacionado en la vía pública como un vehículo en circulación ordinaria.
- Para volver a utilizarlo es necesario solicitar previamente su alta.
- La baja puede prorrogarse en los términos establecidos por la DGT.
La baja temporal ordinaria tiene actualmente una duración máxima de un año, aunque puede solicitarse su prórroga antes de que finalice. Si no se prorroga, el vehículo vuelve automáticamente a situación de alta al terminar el periodo correspondiente.
¿Puedo vender un coche estando de baja temporal?
Podemos firmar un contrato de compraventa entre comprador y vendedor, pero no podremos completar el cambio de titularidad en la DGT mientras el vehículo continúe en situación de baja temporal.
La propia Dirección General de Tráfico indica expresamente que un vehículo en situación de baja temporal no puede ser transferido.
Por tanto, si queremos realizar correctamente la operación, tendremos que solucionar previamente esa situación administrativa.
¿Qué hay que hacer para transferirlo?
El procedimiento habitual puede resumirse en dos pasos.
1. Dar de alta el vehículo
Primero tendremos que solicitar en la DGT el alta del vehículo procedente de baja temporal.
La DGT permite solicitar este alta en cualquier momento.
Una vez realizado el trámite, el vehículo vuelve a encontrarse administrativamente de alta.
2. Realizar el cambio de titularidad
Después podremos tramitar la transferencia del vehículo al comprador.
Como en cualquier otro cambio de titularidad, habrá que cumplir los requisitos correspondientes y comprobar que no existe ninguna otra limitación que impida realizar el trámite.
Por tanto, el esquema sería:
BAJA TEMPORAL → ALTA DEL VEHÍCULO → CAMBIO DE TITULARIDAD
¿Puede circular nada más solicitar el alta?
Aquí debemos distinguir entre dar de alta administrativamente el vehículo y que el coche esté en condiciones legales para circular.
Para circular deberá cumplir los requisitos correspondientes, entre ellos disponer del seguro obligatorio y tener la ITV en vigor cuando esté obligado a ello.
Por tanto, realizar el alta administrativa no significa que automáticamente podamos coger el coche y circular con él si existen otros requisitos pendientes.

¿Qué ocurre si la ITV está caducada?
Este es un punto importante.
La ITV caducada no funciona exactamente igual que una baja temporal.
El Reglamento General de Vehículos establece que, cuando un vehículo no está al corriente de las inspecciones técnicas periódicas, la DGT puede anotar el cambio de titularidad en el Registro, aunque no renovará el permiso de circulación hasta que se acredite una inspección favorable.
Por tanto, debemos diferenciar:
Baja temporal: hay que resolver previamente la situación de baja para realizar la transferencia ordinaria.
ITV caducada: puede realizarse el cambio registral de titularidad, aunque existirán limitaciones respecto al permiso de circulación hasta regularizar la ITV.
Y, por supuesto, un vehículo con la ITV caducada no debe circular por sus propios medios para realizar desplazamientos ordinarios.
¿Quién debe solicitar el alta antes de la transferencia?
Lo más recomendable es que el vehículo se encuentre correctamente de alta antes de realizar el cambio de titularidad.
De esta forma podemos tramitar posteriormente la transferencia de manera ordinaria y evitamos que el comprador descubra después de firmar el contrato que existe una incidencia administrativa que impide completar el cambio de nombre.
Antes de comprar cualquier vehículo usado es recomendable solicitar un informe de la DGT para comprobar su situación administrativa.
Cuidado con otras cargas o limitaciones
Que consigamos dar de alta el vehículo no significa automáticamente que podamos transferirlo.
También pueden existir otras circunstancias que afecten al cambio de titularidad.
Por ejemplo:
- Reserva de dominio.
- Precintos.
- Embargos.
- Incidencias administrativas.
- Determinadas obligaciones tributarias pendientes.
- Otras limitaciones de disposición.
No todas estas situaciones producen las mismas consecuencias.
Por ejemplo, un embargo no tiene necesariamente el mismo efecto que un precinto o una reserva de dominio.
Por eso, antes de comprar un vehículo con una situación administrativa especial, conviene estudiar el informe completo y no limitarse a comprobar si aparece simplemente como “alta” o “baja”.
¿Y si el vehículo está de baja temporal porque estaba en un compraventa?
Existe una situación especial que no debemos confundir con la baja temporal voluntaria ordinaria.
El Reglamento General de Vehículos contempla específicamente las transmisiones en las que intervienen profesionales dedicados a la compraventa de vehículos.
En estos casos existe un régimen específico de baja temporal por transmisión.
Cuando finalmente se vende el vehículo a un tercero, el adquirente debe solicitar su inscripción a su nombre y la correspondiente renovación del permiso de circulación siguiendo el procedimiento previsto para este tipo de operaciones.
Por tanto, cuando vemos que un vehículo figura de baja temporal, también es importante comprobar qué tipo de baja tiene y cuál es su origen.
No todas las bajas temporales responden necesariamente a la misma situación.
He comprado un coche y después descubro que está de baja temporal, ¿qué hago?
Lo primero sería comprobar exactamente la situación administrativa del vehículo mediante un informe de la DGT.
Si se trata de una baja temporal ordinaria, habrá que tramitar el alta correspondiente antes de poder completar normalmente el cambio de titularidad.
También deberíamos comprobar que no existen otras incidencias.
Por eso recomendamos revisar siempre la situación administrativa antes de pagar un vehículo de segunda mano.
Una comprobación previa puede evitar encontrarnos posteriormente con un coche que no podemos transferir inmediatamente.
Entonces, ¿se puede transferir un coche de baja temporal?
Como regla general:
No mientras continúe en situación de baja temporal ordinaria.
Primero debemos tramitar:
1. Alta del vehículo en la DGT.
Y posteriormente:
2. Cambio de titularidad a nombre del comprador.
Además, antes de realizar la operación debemos comprobar que no existen otras cargas o impedimentos que puedan afectar a la transferencia.
¿Necesitas hacer el cambio de nombre de un vehículo?
Si el coche aparece de baja temporal o presenta alguna incidencia, comprobaremos primero qué trámite es necesario realizar antes de presentar la transferencia.
De esta forma podemos saber qué necesita el vehículo antes de iniciar el cambio de nombre y evitar incidencias posteriores.