Una de las dudas más habituales cuando se compra o vende un vehículo usado es qué ocurre si el impuesto de circulación está pendiente de pago.
Tabla de contenidos
Toggle¿Se puede hacer igualmente el cambio de titularidad? ¿Tiene que pagarlo el comprador? ¿Puede bloquear la transferencia en la DGT?
La respuesta depende principalmente de qué recibo del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) esté pendiente y de si existe una anotación de impago comunicada a la Dirección General de Tráfico.
¿Se puede cambiar de nombre un coche con el impuesto de circulación pendiente?
No siempre.
La normativa establece que la DGT no efectuará el cambio de titularidad cuando conste comunicado el impago del IVTM correspondiente al ejercicio anterior.
Por tanto, lo importante no es simplemente que el propietario tenga alguna deuda con el Ayuntamiento, sino que exista una anotación de impago que afecte al vehículo y que conste en el Registro de Vehículos de la DGT.
Si existe esa incidencia, será necesario solucionarla antes de completar la transferencia.
¿Qué ocurre si está pendiente el impuesto de circulación del año actual?
Aquí encontramos una diferencia importante.
El problema para efectuar la transferencia está relacionado con la existencia de una anotación de impago correspondiente al ejercicio anterior. La Resolución de 9 de julio de 2010 de la Dirección General de Tráfico establece expresamente que las Jefaturas de Tráfico no efectuarán el cambio de titularidad mientras exista constancia de ese impago.
Por tanto, tener pendiente el recibo del año en curso no implica necesariamente que el vehículo no pueda transferirse.
Lo recomendable antes de realizar una compraventa es comprobar la situación administrativa del vehículo y verificar si existe alguna incidencia que pueda impedir el cambio de titularidad.
¿Quién tiene que pagar el impuesto de circulación?
El IVTM se devenga, con carácter general, el 1 de enero de cada año.
Esto significa que el obligado tributario frente al Ayuntamiento será quien figure como titular del vehículo en esa fecha, aunque posteriormente venda el coche durante ese mismo año.
Por ejemplo:
Si una persona era titular del vehículo el 1 de enero y lo vende en septiembre, el impuesto de circulación de ese ejercicio seguirá correspondiendo, frente al Ayuntamiento, al vendedor.
Otra cuestión diferente es que comprador y vendedor puedan pactar entre ellos determinadas condiciones económicas en el contrato de compraventa.
¿La deuda del impuesto de circulación pasa al comprador?
Como regla general, el comprador no se convierte simplemente por adquirir el coche en el deudor personal del recibo que correspondía al anterior titular.
Sin embargo, esto no significa que deba comprarse un vehículo ignorando la existencia de deudas o incidencias administrativas.
Si existe una anotación de impago del IVTM que impide el cambio de titularidad, el comprador puede encontrarse con que ha pagado el vehículo pero no puede ponerlo a su nombre hasta que se solucione la incidencia.
Por eso es especialmente importante revisar la situación del vehículo antes de cerrar la operación.
¿Cómo saber si un coche tiene el impuesto de circulación pendiente?
Una de las mejores precauciones antes de comprar un vehículo usado es solicitar un informe completo de la DGT.
Este informe permite conocer diferentes circunstancias administrativas del vehículo y detectar posibles incidencias que puedan afectar a la transferencia.
También puede solicitarse al vendedor el justificante del último impuesto de circulación abonado.
De hecho, el Reglamento General de Vehículos contempla dentro de la documentación relativa al cambio de titularidad el justificante de haber abonado el último recibo puesto al cobro del IVTM o, en su caso, el justificante de su exención.
¿Qué hacer si la DGT bloquea la transferencia por el IVTM?
Si al intentar realizar el cambio de nombre aparece una incidencia por impago del impuesto de circulación, habrá que regularizar la situación.
Normalmente, el procedimiento será:
- Identificar qué Ayuntamiento o entidad recaudadora ha comunicado la deuda.
- Abonar el recibo pendiente.
- Esperar a que el organismo recaudador comunique la cancelación de la incidencia a la DGT.
- Una vez eliminada la anotación, volver a tramitar el cambio de titularidad.
La cancelación de la anotación corresponde al Ayuntamiento o entidad que tenga delegada la recaudación. En determinados casos, cuando así esté previsto, puede efectuarse el cambio presentando directamente el justificante de pago.

¿Cuánto tarda en desaparecer la deuda de la DGT después de pagar?
El pago del impuesto no siempre significa que la incidencia desaparezca inmediatamente del Registro de Vehículos.
El Ayuntamiento o entidad recaudadora debe comunicar la regularización, por lo que puede existir un intervalo entre el momento del pago y la desaparición efectiva de la incidencia.
Si necesitas hacer la transferencia urgentemente, es recomendable conservar el justificante de pago y consultar cómo está registrada la situación antes de presentar nuevamente el trámite.
¿Puedo comprar un coche que tenga el IVTM pendiente?
Poder comprarlo y poder realizar inmediatamente el cambio de titularidad son cuestiones diferentes.
Un contrato de compraventa puede ser válido entre las partes aunque posteriormente exista un problema administrativo para inscribir el vehículo a nombre del comprador. El propio Reglamento General de Vehículos diferencia la transmisión de la propiedad de su posterior inscripción administrativa en el Registro de Vehículos.
Por este motivo, antes de pagar un vehículo es recomendable comprobar que no existen impedimentos para realizar la transferencia.
Otros problemas que pueden afectar al cambio de titularidad
El impuesto de circulación no es la única circunstancia que conviene comprobar.
Un vehículo puede tener también:
- Reserva de dominio.
- Precinto.
- Embargo.
- Incidencias administrativas.
- ITV caducada.
- Otras limitaciones de disposición.
No todas estas situaciones tienen las mismas consecuencias. Por ejemplo, el Reglamento General de Vehículos permite efectuar determinados cambios de titularidad cuando existe un embargo, mientras que un precinto tiene consecuencias diferentes sobre la expedición del permiso de circulación.
Por eso, antes de comprar un coche de segunda mano conviene analizar cada caso individualmente.
¿Necesitas hacer el cambio de nombre de un vehículo?
En Gestoría Trámites DGT realizamos cambios de titularidad de vehículos de forma telemática.
Podemos revisar previamente la documentación y comprobar si existe alguna incidencia que pueda afectar a la transferencia.
Si has comprado o vendido un coche y quieres realizar el cambio de nombre sin desplazarte a Tráfico, puedes enviarnos la documentación y nos encargamos de la tramitación.
En resumen
¿Se puede transferir un coche con el impuesto de circulación sin pagar?
Depende.
Si existe en la DGT una anotación de impago del IVTM correspondiente al ejercicio anterior, el cambio de titularidad no podrá efectuarse hasta que se regularice la situación.
En cambio, que exista un recibo pendiente del ejercicio actual no significa automáticamente que la transferencia esté bloqueada.
Antes de comprar un vehículo usado, lo más seguro es comprobar su situación administrativa y asegurarse de que puede realizarse correctamente el cambio de titularidad.